En automovilismo, el concepto de visibilidad se examina bajo dos aspectos distintos: uno técnico, referente a la construcción de los vehículos, y otro normativo, relativo al comportamiento de los usuarios de las vías públicas.
Las legislaciones vigentes prescriben que los vehículos deben construirse de manera que el campo de visibilidad del conductor le permita conducir con seguridad. Con el mismo fin, los vehículos deben ir provistos asimismo de dispositivos retrovisores que aseguren la visibilidad de las zonas situadas por detrás. Además, todos los vehículos con cabina cerrada deben ir dotados de un dispositivo limpia-parabrisas que garantice la transparencia del parabrisas en caso de lluvia o nieve.
La perfecta transparencia de los cristales montados en los vehículos es una característica fundamental que imponen las leyes. El vidrio ha de estar constituido por substancias inalterables, no debe deformar los objetos que se ven por transparencia ni producir astillas en caso de rotura. En este último caso, el parabrisas debe asegurar la visibilidad, aunque sea limitada.
En cuanto al aspecto del comportamiento de los usuarios de las vías públicas, cabe resaltar la obligatoriedad de disminuir la velocidad en los casos de visibilidad reducida, tanto si es debida a los agentes meteorológicos, como a circunstancias del tráfico o a las características de la calzada.