Tramo de carretera que proviene de otra principal. También se denomina así el paso que se establece con carácter temporal (por obras, accidentes u otras causas) o permanente (tráfico pesado) para substituir la ruta normal de una vía de circulación. En ambos casos, el Código de Circulación obliga al establecimiento de señalizaciones que adviertan con antelación suficiente (mayor en el caso de las autopistas) de la presencia del desvío. En el caso de desvíos privados, de acceso a propiedades particulares, la señalización, cuando haya lugar, deberá complementarse con las limitaciones propias del paso.