El agente de circulación o de tráfico es un funcionario de policia, con deberes especiales para la regulación y el control de la circulación por las calles y carreteras. No existe una fecha exacta que indique la aparición de esta especialización, pero, en general, se acepta que coincide con el afianzamiento del automóvil y con su rápida difusión, dos factores que hicieron indispensable una dedicación exclusiva, o casi exclusiva, de hombres bien adiestrados y expertos. Por tanto, la creación de los primeros cuerpos se suele situar entre el final del siglo pasado y el comienzo del actual.
Sin embargo, la regulación del tráfico se remonta a mucho antes, incluso a tiempos muy lejanos, como consecuencia práctica del incremento de la movilidad humana en el interior y en el exterior de las ciudades. Ésta era una de las misiones normales de los responsables del orden público, los que en la antigua Grecia formaban la «politeia», es decir los que tenían el derecho y el deber de administrar la ciudad; el término «policía» deriva de dicho vocablo griego.
Antes de alcanzar la especialización actual, los denominados agentes de circulación desarrollaban, en general, misiones más genéricas, entre las cuales se hallaba la simple regulación del movimiento de vehículos y peatones (posteriormente encomendada casi exclusivamente a los aparatos automáticos, como los semáforos) y la tutela del patrimonio constituido por la vía pública, expresión con la que se entiende una verdadera defensa de las vías públicas contra los daños producidos por sus usuarios y, en especial, por los medios mecánicos desde su aparición.
Una definición acertada de los deberes de un agente de circulación viene dada por una sigla estadounidense, conocida como «las tres E»: Enforcement, Education, Engineering, o sea aplicación de la ley, educación e intervención en el plano técnico.
En los últimos decenios, sobre todo a partir del final de la segunda guerra mundial, ha tenido un gran incremento precisamente el importante deber de la acción educativa de los usuarios de la vía pública por parte de los agentes de circulación, lo cual se ha considerado como el principal elemento del desarrollo de ésta y el arma esencial para la prevención de los accidentes.
Finalmente, respecto a la composición y dependencia de los cuerpos especializados, resultan ser similares en muchos países, en algunos de los cuales la policía correspondiente depende de un organismo central, mientras que en otros posee una configuración jurídica y administrativa autónoma. A continuación se cita la situación de algunos países con grados de motorización distintos:
Alemania Occidental: salvo pocas excepciones, la policía es una institución propia de cada una de las regiones. Éstas disponen de una «policía Común Uniformada Ejecutiva», en el ámbito de la cual operan unidades especiales destinadas a la circulación.
Australia: la Policía Federal y la Gendarmería Federal dependen del Ministerio del Interior y en cada dirección de la primera y cada comando de la segunda existe un departamento especial de Policía de Circulación, responsable del control del tráfico por las carreteras.
Bélgica: de los tres sectores en que se divide la policía (Gendarmería, Policía Judicial y Policía Comunal y Rural), el tercero es el que se encarga del control de la circulación. En las autopistas y en las carreteras interurbanas importantes opera así mismo la Gendarmería.
Dinamarca: la policía depende del Ministerio de Justicia y existe un departamento de la Policía Nacional que constituye la Policía de Circulación, la cual se encarga de la vigilancia de las carreteras. Además, el país se halla dividido en 71 jurisdicciones, en cada una de las cuales hay un departamento de Policía que se ocupa de los problemas del tráfico local.
En muchos países la regulación de la circulación está encomendada a Cuerpos especializados, que pueden distribuirse distintas funciones. En las fotografías, agentes de la circulación españoles: un miembro de la policía municipal (arriba), encargado de la circulación urbana, y un miembro de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, en su misión de vigilancia de carretera.
España: de los diversos cuerpos de policía existentes, la Guardia Civil, a través de su Agrupación de Tráfico, es la encargada de la circulación por las autopistas y la red interurbana. Las policías municipales, que dependen de los Ayuntamientos, se ocupan, en cambio, del control de la misma en el interior de las ciudades, atendiendo a las directrices emanadas de la Jefatura Central de Tráfico.
EE.UU.: cada uno de los Estados posee su propia policía, cuyas fuerzas se dedican en gran medida al control del tráfico, ayudadas, en el interior de cada ciudad, por departamentos dedicados, de modo específico, a la circulación local. En las grandes carreteras interestatales operan algunos cuerpos especiales, como la Highway Patrol y los Shriners.
Francia: la policía se halla reunida en un organismo único, Policía-Gendarmería, en el que no existe ningún sector especial destinado a la circulación. Todos los agentes deben ser capaces de desarrollar cualquier misión policial.
Gran Bretaña: existen 47 organizaciones de policía iguales e independientes, con sus respectivas administraciones centrales. Las ciudades mayores poseen sus propias fuerzas de policía y cada una dispone de un Departamento de Tráfico, que es el responsable del control de la circulación. Además, en diversas zonas hay previstas patrullas especiales para el control de las autopistas.
Italia: en la red viaria interurbana operan generalmente la Seguridad Pública y los Carabineros, mientras que, en el interior de las ciudades, el control de la circulación se halla encomendado a las policías municipales. Así mismo, el código de circulación prevé que otros muchos funcionarios de diversos organismos pueden desarrollar servicios de policía de carreteras.
Japón: la policía se divide en Seguridad Nacional y Policía Autónoma de la Prefectura, y, aunque en ambas existe una división de Policía de Circulación, es, esencialmente, la segunda la encargada del tráfico.
Suiza: las Policías Cantonales y Policías Municipales se ocupan del control del tráfico en las zonas de su competencia respectiva, por medio de departamentos especializados dedicados precisamente a la circulación. En las autopistas operan patrullas pertenecientes esencialmente a las Policías Cantonales.
URSS: cada una de las 15 Repúblicas posee un Gobierno y un Ministerio del Interior propios. De este último dependen, en cada República, las fuerzas de policía, que también operan en el campo de la circulación, desarrollando su misión mediante una organización única, tanto en el interior de las ciudades como en la red interurbana.