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ISLA DE PEATONES - Definición - Significado

Zona urbana en cuyo interior la circulación se reserva exclusivamente (en general, casi exclusivamente) a los peatones. Como se ha indicado, la limitación impuesta a los vehículos de motor puede ser de prohibición total de circulación, durante todo el día, o bien admitir excepciones, como: permitir el paso en cualquier momento a los vehículos de urgencia, a los transportes públicos, o bien se destinan determinadas horas para los medios de limpieza, transporte de mercancías a la zona, e incluso se permite el paso controlado a los vehículos domiciliados en la misma. La gama de posibilidades es muy amplia y se adapta a las necesidades de cada tipo de ciudad, atendiendo a las reglamentaciones del país donde se aplican. Las islas de peatones han encontrado especial difusión en los cascos antiguos de las grandes ciudades europeas, que no fueron proyectados para la presencia del automóvil y que, en muchos casos, no pueden adaptarse a sus exigencias.

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