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ABANDONO (de vehículos) - Definición - Significado

El Código de Circulación español indica que «ningún automóvil debe quedar abandonado en una vía pública de modo indefinido (art. 101). Como sea que existe cierta imprecisión en la aceptación de «indefinido», se hará referencia a los aspectos tratados en la Convención Mundial de Viena (noviembre de 1968). En ella se indicó que «ningún conductor debe abandonar su vehículo sin adoptar antes precauciones para evitar accidentes o el uso indebido del mismo». Obsérvese, sin embargo, que en este caso no se refiere a un «abandono» en el mismo sentido utilizado al principio; de hecho, no existe una definición precisa y con validez general entre «estacionamiento prolongado» y «abandono del vehículo». En el caso de que el vehículo no cumpla las normas de seguridad antes indicadas, existe la posibilidad de que la autoridad competente traslade el mismo a un depósito, del que para recuperarlo el propietario deberá pagar previamente la sanción que establezca dicha autoridad, por el tiempo que haya estado depositado el vehículo, más los gastos de traslado del mismo.

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